jueves, 24 de julio de 2014

NO SE RINDAN V

El mismo vecino de Corrubedo que recientemente logró casi 6.000€ de 2 entidades bancarias a las que había llevado ante los servicios de inspección del Banco de España por el cobro de comisiones bancarias irregulares en sus cuentas; que ha logrado embargar una finca a una inmobiliaria para responder de una deuda reconocida en sentencia judicial firme y que ha logrado 5.000€ en un acuerdo extrajudicial de una multinacional de distribución de prensa y revistas para no ir a los tribunales, ha logrado un nuevo hito en su lucha contra los abusos de las entidades bancarias y multinacionales diversas: el lograr una demanda ejecutiva contra la mismísima Telefónica de España, hoy Movistar.
El hecho se remonta a  mayo de 2007 cuando el que aquí suscribe y su esposa se acogieron a una oferta publicitaria de dicha empresa de telecomunicaciones para informatizar los negocios de ambos mediante sendos equipos informáticos por cuya instalación y gestión integral ambos esposos se comprometían al pago de una cantidad mensual.
El hecho es que nada más aceptar la oferta, Movistar procedió a dar de Alta sendas líneas de ADSL, necesarias para la conexión a Internet, lo que además conllevó una importante subida en el recibo mensual de ambas líneas telefónicas.Pero de los ordenadores, nunca más se supo.
Hartos de reclamar a la empresa, los vecinos afectados se dirigieron en queja y denuncia a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y luego, con el informe de este organismo, presentaron una demanda por daños y perjuicios en los Juzgados de Ribeira el 25 de junio de 2012, demanda que fue estimada íntegramente (Juicio Verbal 236/12, del Juzgado nº 3), siendo condenada la demandada al pago de 2.690,14€, más costas e intereses.
La empresa, ni tan siquiera se personó en el juicio, como tampoco se había personado en el Acto de Conciliación previo a la Demanda.
Siendo la Sentencia firme, y al no atender en plazo el pago de dichas indemnizaciones, se presentó el 4 de febrero de 2013 una nueva demanda, esta vez ejecutiva, que se saldó con un Auto del mismo Juzgado dictando orden general de ejecución contra la demandada, la cual finalmente se personó en el procedimiento y no tuvo más remedio que asumir no sólo el pago de la totalidad de las indemnizaciones solicitadas, sino los intereses generados y las costas de abogado y procurador tanto de la demanda inicial como de la ejecutiva.
Este suceso, que en apariencia no debería tener mayor importancia por entender que puedan ser hechos harto frecuentes, sino en sus circunstancias sí en sus similitudes, tanto por esta empresa como por cualquier otra que opera en el mercado, debo y quiero hacerlo público porque el sufrido pueblo español, esquilmado por todas partes, se merece mayor respeto del que muchos poderes públicos y privados le están dispensando y es a ese sufrido pueblo al que dedico todo mi esfuerzo.

Y que precisamente por ello cada vez se entiende menos la obstinada idea gubernativa de dificultar el acceso a los tribunales de justicia, los únicos legitimados para resolver estos abusos y tropelías, al pretender el cierre de los juzgados de 1ª instancia.

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